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8 oct 2021

Corte declara inconstitucional artículo que daba nombramientos definitivos al personal médico que trabajó en pandemia

La Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad del artículo 25 de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID-19.

Con el voto de nueve magistrados, se puntualiza que lo dispuesto en esta sentencia surtirá efectos a futuro, a partir de la publicación de este fallo en el Registro Oficial y no tendrá efecto alguno respecto a concursos de méritos y oposición efectuados bajo el régimen excepcional establecido en dicha norma, tanto de aquellos terminados como aquellos que se encuentran en curso en cualquier etapa a partir de su convocatoria. Tampoco afectará a aquellos nombramientos ya obtenidos como producto de la interposición de acciones de protección. «Esto debido a que dichas normas hasta ese momento se presumían como constitucionales, y por cuanto generaron legítimas expectativas para quienes se encuentran participando en concursos legalmente convocados y en curso», se argumenta en el fallo.
Los jueces constitucionales criticaron a la Asamblea Nacional de la época, por aprobar normas que no contaban con los sustentos técnicos y económicos necesarios.

La normativa había sido emitida por el entonces presidente Lenín Moreno, y establecía que “los trabajadores y profesionales de la salud que hayan trabajado durante la emergencia sanitaria del COVID-19 con un contrato ocasional o nombramiento provisional en cualquier cargo en algún centro de atención sanitaria de la Red Integral Pública de Salud (RIPS) y sus respectivas redes complementarias, previo el concurso de méritos y oposición, se los declarará ganadores del respectivo concurso público, y en consecuencia se procederá con el otorgamiento inmediato del nombramiento definitivo”.

Frente a la declaratoria de inconstitucionalidad del Artículo 25 de la Ley Humanitaria, el Ministerio de Salud Pública (MSP) informó que la decisión no tiene efecto retroactivo. En ese sentido, la Cartera de Estado garantiza la estabilidad de los trabajadores y profesionales de la salud que ya recibieron sus nombramientos.
Asimismo, reiteró que la sentencia no afecta los concursos de méritos y oposición terminados, ni aquellos que se encuentran en curso en cualquier etapa, a partir de su convocatoria.

Para garantizar la seguridad y permanencia de los trabajadores y profesionales de salud «que estuvieron en primera línea y que pusieron en riesgo su vida, para salvar la de los demás», independientemente de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario, el MSP indicó que se impulsa una Política Nacional para los Recursos Humanos en Salud junto al Consejo Nacional de Salud (Conasa) y apoya técnicamente la construcción de la Ley de Carrera Sanitaria que se encuentra en análisis para segundo debate en la Asamblea Nacional.

Por último, señaló que en el marco del nuevo Plan Decenal de Salud, el MSP trabaja en la implementación del Plan Nacional de Formación del Talento Humano en Salud planificado para los siguientes 8 años, que implica en el año 2022 financiar 1.000 becas para la formación especializada de profesionales de la salud y, adicionalmente, fortalecer la carrera de Técnicos en Atención Primaria (TAPS).

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