El texto explica que la orden se sustenta “en los presuntos incumplimientos detectados por no brindar información detallada, clara, veraz y precisa sobre estos planes”.
Además, por no registrar debidamente sus características en los sitios web de las compañías y en el Sistema de Información y Registro de Tarifas (SIRT).
“La información que las empresas han puesto a disposición de los usuarios dificulta la toma de decisiones, y podría inducir a errores de consumo. Por tanto, para evitar algún perjuicio a los consumidores, el Osiptel decidió suspender temporalmente la comercialización de estos planes”, precisó.
Además, el organismo supervisor detalló que el pasado 2 de noviembre solicitó a las empresas “precisiones sobre las condiciones y causas de la disminución de velocidad que experimentarían los usuarios contratantes, en caso lleguen a los límites establecidos en cada plan, cuando naveguen por tecnología 4G LTE”.
Fuente: GV/Con información de EFE














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