El 1 de enero de 2020 entró en vigencia la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria. Los plazos para poner en marcha las nuevas medidas empezaron a correr.
Algunas reformas tributarias son de inmediata aplicación, como la tarifa 0% de Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las transferencias e importaciones de flores, follajes y ramas; glucómetros; tiras reactivas para medición de glucosa; bombas de insulina; marcapasos; papel periódico, entre otros.
También entró en vigencia la exoneración del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) a varios productos como los de exportación, vehículos motorizados eléctricos y productos lácteos y sus derivados.
Además se inicia la aplicación del ICE a planes móviles pospago.
Lo mismo sucedió con el Régimen Impositivo para Microempresas: su aplicación fue inmediata a partir de la publicación de esta ley en el Registro Oficial.
Con esta medida las microempresas pagarán una tarifa del 2% de impuesto a la renta (IR) sobre los ingresos brutos. Las declaraciones serán anuales. Las formas y plazos de pagos se los establecerá en un reglamento. Adicionalmente, los microempresarios declararán y pagarán el IVA e ICE de forma semestral.
En el reglamento de la ley se identificarán las condiciones para aplicar esta medida. Corre ya el plazo de 20 días para que el Servicio de Rentas Internas (SRI) actualice el Registro Único de Contribuyentes a los sujetos considerados como microempresas, para su inclusión en este régimen impositivo.
Otras medidas requerirán de un tiempo para su ejecución. Por ejemplo, el IVA a los servicios digitales será aplicable en 180 días. Para esto el SRI deberá emitir las resoluciones que correspondan para su administración. El ICE a las fundas plásticas regirá en 90 días.
La tarifa será progresiva hasta llegar a $ 0,10 en 2023. Las empresas que tuvieron ingresos iguales o superiores a $ 1 millón en 2018 deberán pagar la contribución única y temporal hasta el 31 de marzo de los siguientes tres años.
Quienes deseen acogerse a la remisión del 100% de intereses, multas y recargos generados por crédito educativo tienen 60 días para presentar la solicitud al Instituto de Fomento al Talento Humano.
Declaración
Contribución única
Las compañías podrán acceder a facilidades de pago por un máximo de 3 meses para cancelar la contribución única y temporal. Si no hacen esta declaración dentro de los plazos tendrán una multa de $ 1.500 por cada mes o fracción de mes. 0 % de impuesto de consumos especiales a las fundas plásticas para uso industrial, agrícola, agroindustrial y de exportación.
Plan de pagos al SRI
Dentro de los 45 días posteriores a la entrada en vigencia de la ley, las personas que tengan obligaciones vencidas con el SRI podrán solicitar un plan excepcional de pagos de hasta 12 meses.
Fuente: El Telégrafo














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