“Por unanimidad, la Sala Plena del TSE desestimó estas demandas pues ninguna de ellas se adecúa a las causales de pérdida de la personalidad jurídica de las organizaciones políticas previstas por la ley 1096 de Organizaciones Políticas. Las decisiones se tomaron en base a un análisis detallado y fundamentado de la legislación boliviano. Igualmente, se consideraron elementos doctrinales internacionales. El Organismo Electoral se compromete a evaluar cualquier asuntos jurisdiccional que se someta a su consideración bajo los principios de imparcialidad y apego al derecho”, señaló el TSE en un comunicado de este 31 de diciembre de 2019.
Y concluyó: “Por lo tanto, el MAS-IPSP mantiene todas las prerrogativas y los deberes de las organizaciones políticas bolivianas y se encuentra legalmente habilitado para participar en los procesos electorales 2020”, reseñó el portal de noticias Apuntoenlinea.
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